

Internet de las Cosas (nivel avanzado)
Precio matrícula
100% subvencionado
Duración
20 horas
Fechas
Del 19/06/2023 al 10/07/2023
Horario
Lunes y miércoles de 18 a 21 h
Metodologia
Presencial
Ubicación
Llorens i Artigas, 12 – 08028 BCN
Objetivos
General
Este curso quiere presentar qué es y cómo se aplica los dispositivos IoT. Se hablará de dispositivos electrónicos y su aplicación, pero siempre como herramientas de recogida de información para mejorar los procesos y los servicios que tenemos asignados en nuestro rol profesional.
Específicos
Ver el estado actual del sector IoT, las arquitecturas de hardware y software, estándar de comunicación y seguridad para asegurar la integridad de los datos generados.
Procesar y visualizar estos datos.
Requisitos de acceso

Contenidos
- Conceptos básicos IoT
- Análisis del sector
- Arquitecturas hardware y software
- Sensores
- Estándares de comunicación
- Seguridad
- Procesamiento de los datos
- Visualización y tomas de decisiones
Información adicional
Al finalizar el curso, se hará entrega de un certificado de aprovechamiento.
Curso subvencionado por el Consorcio de la Formación Continua de Cataluña.
Como formalizar la inscripción
Para realizar la inscripción es imprescindible rellenar el formulario que encontrarás en el botón «inscripción» y adjuntar la siguiente documentación:
Rellenar y adjuntar al formulario de preinscripción el Anexo 1
- Fotocopia del DNI en vigor.
- Curriculum Vitae.
- Fotocopia de la última nómina en su totalidad donde aparezca la siguiente información: N.º de Seguridad Social del trabajador, N.º de Seguridad Social de la empresa y CIF de la empresa (si estás en activo).
- Fotocopia del último recibo de autónomos (solo si eres autónomo).
- Fotocopia del DARDO actualizado (documento de inscripción de solicitud de trabajo al Servicio Público de Ocupación de Cataluña) (solo si eres desocupado).
- Fotocopia de cualquier documento donde se pueda apreciar el N.º de afiliación a la Seguridad Social (solo si eres desocupado).
a) Las personas trabajadoras asalariadas que prestan sus servicios en empresas privadas o entidades públicas no incluidas en el ámbito de aplicación de los acuerdos de formación de las administraciones públicas y que cotizan a la Seguridad Social en concepto de formación profesional para la ocupación.
b) Las personas trabajadoras que se encuentren en alguna de las situaciones siguientes: personas trabajadoras fijas discontinúas en los periodos de no ocupación, personas trabajadoras que accedan a la situación de desocupación cuando se encuentren en periodo formativo o personas trabajadoras acogidas a la regulación de ocupación en sus periodos de suspensión de ocupación.
c) Las personas trabajadoras adscritas al sistema especial para personas trabajadoras por cuenta ajena incluidas en el régimen general de la Seguridad Social durante los periodos de inactividad, el régimen especial de personas trabajadoras autónomas, el del mar y aquellas otras de la Seguridad Social que no coticen por formación profesional.
d) Las persones cuidadoras de las personas en situación de dependencia pueden participar en la formación de las acciones formativas específicas propias de su actividad.
e) El personal al servicio de las administraciones públicas o sector público.
f) Las personas trabajadoras pertenecientes a la plantilla de las entidades beneficiarias o proveedoras de los programas de formación regulados en esta Orden, pueden participar en las acciones formativas que estas gestionen hasta un límite del 10% del total de participantes del programa, sin superar, en ningún caso, el límite del 10% del total de sus personas trabajadoras en plantilla.